Las manipulaciones científicas como futuro (…)

La Comisión Europea afirma que su propuesta de desregulación, que formuló el 5 de julio de 2023, no afecta a todos los OGM, sino sólo “ Plantas producidas por mutagénesis dirigida y cisgénesis. » [1]. El Copa-Cogeca comenta públicamente esta propuesta y acoge con satisfacción “ el hecho de que la propuesta de la Comisión prevé exenciones de la legislación de la UE sobre OGM para determinados NBT específicos y para plantas NTG de categoría 1 y sus productos derivados » [2]. Esta retórica pretende ser tranquilizadora al sugerir que el fin propuesto de la evaluación de riesgos, la trazabilidad o incluso el etiquetado no cubriría todas las plantas genéticamente modificadas. Pero eso no es lo que dicen las regulaciones propuestas que se están discutiendo actualmente en los organismos europeos.

¡20 modificaciones genéticas = 400 modificaciones genéticas!

La Comisión Europea propone no definir los OGM obtenidos mediante nuevas técnicas de modificación genética como OGM sino como NTG (para nuevas técnicas genómicas). Se clasificarían en dos categorías en función de la naturaleza de las modificaciones genéticas introducidas. La Comisión define la segunda categoría como plantas que no pertenecen a la primera categoría. Sólo esto último es objeto de una definición cuanto menos sorprendente.

La Comisión propone clasificar todos los vegetales en esta categoría 1. que cumpla los criterios de equivalencia con instalaciones convencionales establecidos en el anexo I » [3]. Por tanto, estos criterios de equivalencia se establecen en el presente apéndice. Por lo tanto, para la Comisión es “ Una planta NTG se considera equivalente a una planta convencional cuando se diferencia de la planta receptora/madre en un máximo de veinte modificaciones genéticas de los tipos mencionados en los puntos 1 a 5. «. El 26 de octubre de 2023, durante un debate en el Parlamento Europeo organizado por el eurodiputado Christophe Clergeau, la Comisión explicó que para algunos actores este número de veinte era demasiado grande, mientras que para otros es demasiado pequeño. [4]. Por tanto, la Comisión Europea admite que su elección es política y no científica.

Esta cifra de veinte modificaciones genéticas es, en realidad, en gran medida engañosa. La propia Comisión define una modificación genética como la posibilidad de, por ejemplo, un “ sustitución o inserción de hasta 20 nucleótidos » [5]. Entonces podemos pasar de veinte modificaciones genéticas a 400 si cada una de las modificaciones genéticas tiene un “ reemplazo […] de 20 nucleótidos «. Además, un “ eliminación de cualquier número de nucleótidos » constituiría sólo un tipo de estas veinte modificaciones genéticas [6]. Según el razonamiento literal de la Comisión, una planta a la que se le haya eliminado la mitad de su genoma sería considerada NTG categoría 1 por la Comisión Europea y podría comercializarse sin una evaluación de riesgos.

Es necesario recordar aquí que estas veinte modificaciones genéticas (¡o 400!) se refieren únicamente a aquellas que serán reclamadas por el criador. La normativa no prevé más que la verificación administrativa de la existencia de cambios” sin querer » y especialmente no indicado.

Un concepto poco conocido para pasar de 400 a… ¡2.400!

En el citado documento, el Copa-Cogeca comenta la propuesta de la Comisión Europea escribiendo que para las instalaciones NTG de categoría 1: “ las veinte mutaciones genéticas deberían basarse en el genoma haploide «. Si utilizamos un término científico poco conocido, el término haploide, esta posición podría pasar desapercibida, aunque las consecuencias sean grandes. De hecho, es importante porque España -que también propone un cambio gramatical con consecuencias importantes (ver recuadro a continuación) ) – lo ha adoptado en su última propuesta a los Estados miembros, según información de Política [7].

Tal como está redactada, la propuesta de la Comisión implica que el número de modificaciones genéticas que pueden entrar en la categoría 1 se aplica a toda la planta y, por tanto, a todo el genoma. Pero cuando hablamos de genoma, hablamos de una molécula de ADN que está formada por diferentes secuencias genéticas. Estas secuencias pueden estar presentes en una única copia, como por ejemplo en los microorganismos. Hablamos entonces de un genoma haploide. Pueden estar presentes en dos copias, como por ejemplo en los humanos. Hablamos entonces de un genoma diploide. También pueden estar presentes en seis ejemplares, como en el trigo. Hablamos entonces de un genoma hexaploide.

Cuando el Copa-Cogeca y España proponen basar el número de modificaciones genéticas permitidas en la categoría 1 en “ en el genoma haploide «, simplemente proponen que este número se puede multiplicar matemáticamente por el número de copias del genoma presentes. Para una planta diploide, las 400 mutaciones que ves arriba se convertirían en 800. Para el trigo, que tiene seis copias de cada secuencia genética, las 400 ¡las mutaciones se convierten en 6*400 = 2.400 mutaciones!, en el caso de la caña de azúcar, esto podría incluso multiplicarse por 10 o incluso por 12.

Releamos la Comisión, los 2.400 para el trigo serían en realidad… ¡infinitos!

Como ya hemos visto, el artículo 3 de la propuesta de la Comisión estipula que una instalación como NTG 1 se define como “ cumple los criterios de equivalencia con instalaciones convencionales establecidos en el anexo I «. Pero también especifica que esta clasificación en la categoría 1 también afectaría “ la descendencia de las plantas NTG mencionadas en la letra a) [NDLR : la catégorie 1)]incluida la descendencia obtenida al cruzar estas plantas «. Al cruzar una planta madre de Categoría 1 NTG con una planta madre de Categoría 1 NTG, la Comisión obtendría una planta hija de Categoría 1 NTG. Si cada una de las plantas madre presenta las 2.400 mutaciones descritas en el párrafo anterior, la planta hija clasificada en la categoría 1 tiene 4.800 mutaciones. Un cruce de esta planta hija con otra planta hija con 4.800 mutaciones produce plantas con (un máximo de) 9.600 mutaciones, etc. Estas plantas son OGM en sí mismas.

Con la propuesta sobre OGM/NTG y el fin de las licencias y otras evaluaciones de riesgos, debería ser fácil para las multinacionales. Legalmente sería posible, por ejemplo, acercarse a España con un simple expediente: realizar un ensayo de campo con trigo declarado categoría 1 según el criterio de un máximo de 20 modificaciones genéticas, pero en realidad 9.600 mutaciones (o 19.200 , 38.400 mutaciones, etc.). La probable aprobación de España, que sólo realizará una simple verificación del expediente, se aplicará, por tanto, no sólo a la realización del ensayo de campo, sino también a cualquier comercialización posterior en la Unión Europea. Todo ello sin autorización formal, evaluación de riesgos, trazabilidad y etiquetado. ¿Para qué? Porque este trigo, con sus miles de mutaciones, sería considerado legalmente” comparable a una instalación convencional », por lo que sin riesgos adicionales y sobre todo indistinguibles entre sí…

¿El banco de genes del obtentor(es)?

Otra forma de ampliar el número de OGM declarados como NTG de categoría 1 consiste en insertar secuencias. La Comisión Europea ha propuesto que la modificación genética también sea un “ inserción dirigida de una secuencia de ADN contigua que existe en el piscina genética del criador «. En el texto hecho público por PolíticaEspaña propone modificar esta frase añadiendo “ inserción de una secuencia continua de ADN que existe en el piscina genética de criadores » [8]. La propuesta de desaparición del término “ enfocado » implicaría que las inserciones de secuencias ya no necesitan ocurrir en una ubicación específica del genoma. Importante margen de maniobra para las empresas…

Sobre todo, España propone hacer referencia al hecho de que las secuencias insertadas y que se supone que dan lugar a una planta de categoría NTG 1 ya no pueden proceder de la piscina gen del criador que presentaría un expediente pero criadores. Así, cualquier empresa podría beneficiarse de la presencia de tal o cual serie en el piscina genes de todos los criadores, y no sólo los suyos propios. EL » catalogar » ¡El número de secuencias insertables se vuelve mucho más grande!

Martita Jiron

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