Obligación de cadenas o neumáticos de invierno en zonas montañosas entre el 1 de noviembre y el 31 de marzo – Noticias

Actualizado 07/02/2023

Para seguir mejorando la seguridad de los usuarios de la carretera en invierno, desde el 1 de noviembre del año en curso hasta el 31 de marzo del año siguiente, es obligatorio llevar cadenas para la nieve en el maletero o equipar el vehículo con neumáticos de invierno en los tramos ubicado en cadenas montañosas[1].

La información de que los usuarios estarían obligados a equipar sus vehículos únicamente con neumáticos de invierno no es correcta, el decreto de aplicación de la llamada Ley de Montaña II de 28 de diciembre de 2016 prevé esta elección.

El prefecto de los Pirineos Atlánticos, en consulta con los cargos locales electos en el marco de los comités de montaña, ha elaborado por decreto la lista de municipios en los que los usuarios pueden elegir entre llevar cadenas en el maletero o equipar sus vehículos con neumáticos de invierno durante la temporada de invierno . En consecuencia, esta nueva obligación por Decreto Prefectural se aplica a los siguientes 28 municipios:

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¿Qué áreas se ven afectadas?


Los nuevos bonos

Las nuevas obligaciones de equipamiento cubrirán los vehículos ligeros y comerciales, autocaravanas, camiones y autocares que operen en las zonas que fijen los prefectos.

No se aplican a los vehículos equipados con neumáticos con clavos.

Con esta nueva disposición, los vehículos ligeros, comerciales y autocaravanas deberán:

bien disponer en su maletero de dispositivos antideslizantes desmontables (cadenas para la nieve de metal o de tela) que les permitan equipar al menos dos ruedas motrices;

o equipado con cuatro neumáticos de invierno [2].

Las mismas obligaciones que los vehículos anteriores se aplican también a los autocares, autobuses y camiones sin remolque o semirremolque.

Los camiones pesados ​​con remolque o semirremolque deben tener cadenas para la nieve que puedan adaptarse al menos a dos ruedas motrices, incluso si están equipadas con neumáticos de invierno.


Una nueva señalización

Se ha instalado una nueva señalización desde el 1 de noviembre de 2021. Indica las entradas y salidas de las zonas de montaña donde es obligatorio el equipamiento de invierno. Se materializa en los dos paneles siguientes:

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[1] DDecreto N° 2020-1264 de 16 de octubre de 2020 publicado en el Diario Oficial el 18 octubre 2020

[2]Del 1 de noviembre de 2021 al 31 de marzo de 2024 (los primeros 3 inviernos), el término «neumático de nieve» cubre todos los neumáticos identificados por una de las marcas «M+S», «MS» o «M&S» o por la presencia de la marca «Símbolo alpino» (reconocido como «3PMSF» (Copo de nieve de montaña de 3 picos)) y una de las marcas «M+S», «MS» o «M&S».

A partir del 1 de noviembre de 2024, solo cubre los neumáticos identificados por la presencia conjunta de la marca «Alpine symbol» (reconocida bajo el nombre «3PMSF» (3 Peak Mountain Snow Flake)) y una de las marcas «M+» S» , » MS» o «M&S».


Documentos mencionados en el artículo.

Imelda Arevalo

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